Texto Completo de la R.M. N° 1024-2014/MINSA.- Aprueban “Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Respiratorias Agudas (IRA)”

El día de anteayer, 07/01/2015, se publicó la siguiente norma en el boletín de El Peruano del día:

Aprueban “Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Respiratorias Agudas (IRA)”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1024-2014/MINSA

Lima, 31 de diciembre del 2014

Visto, el expediente Nº 14-072561-001, que contiene la Nota Informativa Nº 186-2014-DGE-DSVSP/MINSA de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos II y III del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;

Que, asimismo, la referida Ley, en su artículo 78 establece que la Autoridad de Salud de nivel nacional determinará las enfermedades transmisibles de declaración y notificación obligatorias y que todas las personas naturales o jurídicas están obligadas a proporcionar dicha información epidemiológica, dentro de los términos de responsabilidad, clasificación, periodicidad, destino y claridad:

Que, los literales a) y b) del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Epidemiología está a cargo, entre otras funciones generales, de diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional, así como de diseñar, normar y conducir el proceso de análisis de la situación de salud para la determinación de prioridades sanitarias, como base del planeamiento estratégico en salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206-2012-MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria Nº 046-MINSA/DGE-V.01 Directiva Sanitaria de Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, con la finalidad de contribuir a la prevención, control, eliminación o erradicación de las enfermedades y eventos de importancia para la salud pública, establece la notificación de enfermedades y eventos sujetos a vigilancia epidemiológica en salud pública;

Que, de acuerdo al Anexo Nº 1 “Listado de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en el Perú por Tipo de Periodicidad de Notificación” de la Directiva Sanitaria Nº 046-MINSA/DGE-V.01, aprobada con Resolución Ministerial Nº 948-2012-MINSA, establece que las Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) están sujetas a vigilancia epidemiológica;

Que, la Dirección General de Epidemiología ha elaborado el proyecto de Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Respiratorias Agudas (IRA), la cual tiene como finalidad contribuir con la generación de información epidemiológica que permita orientar la toma de decisiones para la prevención y control de las IRA;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº061-MINSA/DGE-V.01, “Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de las infecciones Respiratorias Agudas (IRA)

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Epidemiología la difusión y seguimiento del cumplimiento de la citada Directiva Sanitaria.

Artículo 3º.- El Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS), las DISAs, DIRESAs y GERESAs o las que hagan sus veces a nivel nacional, son los responsables de la difusión, implementación, supervisión y aplicación de la Directiva Sanitaria, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

Acá abajo, vía el Portal Institucional del Ministerio de Salud, está el resto de la norma que incluye la Directiva aprobada.

R.M. N° 1024-2014-MINSA [TodoDocumentos.info] by César Santiago Flores Huallpa

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Por UnOsoRojo

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