Normas Legales sobre el Sistema de Libros y Registros Electrónicos – Res. de Sup. Nº 286-2009/SUNAT actualizado con sus modificatorias

El pasado 28/10/2012 la SUNAT emitió una Resolución de Superintendencia (la Nº 248-2012/SUNAT) por medio de la cual modificaba el sistema de Libros y Registros Electrónicos, más conocido por el nombre del software en sí: PLE, en el sentido que dejaba de ser éste facultativo para volverse obligatorio para las empresas que la SUNAT incorporara mediante Resolución de Superintendencia. Aprovechando, según su Segunda Disposición Complementaria Final de la misma norma incorpora al Sistema a los sujetos señalados en el Anexo adjunto, que no son otros que los designados por la SUNAT como Principales Contribuyentes, a partir del 01/01/2013  . Así de hachazo.

Así, pues, todos los PRICOS han de usar a partir del próximo año el PLE, empezando con los Registros de Ventas y de Compras y el resto de los Libros y Registros obligatorios del Anexo 1 modificado a partir del 01/06/2013. Para ello primero han de cerrar los que están usando actualmente según las normas vigentes. Van a ser unas semanas y meses muy ocupados.

La relación de las normas legales del Sistema (R. Sup. Nº 286-2009/SUNAT y sus modificatorias) es la siguiente. Incluyo las páginas correspondientes en la edición del Boletín de Normas Legales del Peruano donde se publicó, lo mismo que su fecha de vigencia y los enlaces para ver las normas completas.

  1. Res. de Sup. Nº 286-2009/SUNAT – Dictan disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, publicada el 31/12/2009. Vigencia a partir del 01/07/2010, con excepción de la Primera y Tercera Disposición Complementaria Modificatoria las cuales entraron en vigencia a partir del 01/01/2012. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com. Sus anexos: Anexo 1, Anexo 2, Anexo 3.
  2. Res. de Sup. Nº 196-2010/SUNAT – Modifican la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT que dictó disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, a fin de facilitar el acceso a dicho sistema, publicada el 26/06/2010. Vigencia a partir del 27/06/2010. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com. Sus anexos: Anexo 2, Anexo 3.
  3. Res. de Sup. Nº 329-2010/SUNAT – Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT que dictó disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, publicada el 23/12/2010. Vigencia a partir del 24/12/2010. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com. Sus anexos: Anexo 2, Anexo 3.
  4. Res. de Sup. N° 080-2011/SUNAT – Postergan puesta a disposición de la versión 2.0 del Programa de Libros Electrónicos, publicada el 31/03/2011. Vigencia a partir del 01/04/2011. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com.
  5. Res. de Sup. Nº 111-2011/SUNAT – Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT para implementar el llevado electrónico del Registro de Compras, publicada el 30/04/2011. Vigencia a partir del 01/05/2011. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com. Sus anexos: Anexo 1, Anexo 2.
  6. Res. de Sup. Nº 248-2012/SUNAT – MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2009/SUNAT QUE DICTÓ DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL LLEVADO DE DETERMINADOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS DE MANERA ELECTRÓNICA, publicada en la Separata Especial del 28/10/2012. Vigencia a partir del 29/10/2012. La norma acá en Box.com, Google Docs y Scribd.com. Sus anexos: Anexo 1, Anexo 2, Anexo 4.

Finalmente, incluyo a continuación una recopilación de la Res. de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT  actualizado con sus modificatorias.

También lo puedes ver acá.

Por UnOsoRojo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *