En el caso de sufrir el rigor de la aplicación de la ley tributaria, la SUNAT te pide que presentes una solicitud para poder iniciar el proceso para devolverte los bienes que han quedado en su custodia. Los modelos los da la misma institución, y son los siguientes:
Solicitud para Persona Natural:
Ahora bien, si el titular quiere delegar a otra persona (cosa común en el caso de empresarios ocupados que envían a un empleado o a su Contador), al momento de presentar la solicitud se debe de presentar también una carta poder legalizada bien por Notario o por Fedatario de la SUNAT.
Carta Poder para Persona Natural:
Carta Poder para Persona Jurídica:
Una guía completa del procedimiento todo en este enlace.